Nos encontramos en un mundo globalizado en donde se vuelve indispensable en la industria audiovisual la protección de los derechos de autor, desde el punto de vista de su creación original como concepto único, así como su justa remuneración por la reproducción en los diferentes soportes distribuidores de contenido. Si nos preguntamos: ¿en qué momento una obra audiovisual que se exhibe bajo un soporte que genere derechos, deriva en derechos de autor?, la respuesta es simple: de manera automática.
La implementación vertiginosa de las nuevas tecnologías ha expuesto la creciente necesidad de una actualización del marco legal, y los mecanismos de registro y control de las exhibiciones audiovisuales.
WAWA Association ha tenido oportunidad de consultar con ejecutivos de EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales), institución que regula y promueve la adecuada y justa explotación de las obras audiovisuales, cuál es su visión sobre la situación actual en el marco de protección de los derechos intelectuales en la industria del entretenimiento, así como acerca del escenario que encontramos en estos momentos en la región de Latinoamérica.
En cuanto al avance que está cobrando actualmente la cobertura de derechos de autor, Carlos Manuel Gómez, Director General EGEDA México, comenta que está sucediendo a gran velocidad, y observa: “Pasamos de un modelo de simple licenciamiento para theatrical y TV, a un modelo donde las opciones de licenciamiento son muchísimas. Los productores están descubriendo cada día muchas formas de monetizar productos que antes, una vez pasados por las ventanas tradicionales, pasaban a generar muy poco y por lo general por la única ventana de la TV”.
La búsqueda de oportunidades para maximizar los ingresos provenientes de una obra original audiovisual es parte del proceso normal en cualquier licenciamiento de las mismas, en parte, gracias a la creación de mecanismos de protección y difusión. Al respecto, agrega Gomez: “…lo más importante es que esto los está llevando a ser conscientes de sus derechos como productores y avanzar mucho más, incluso a la protección de sus derechos en forma colectiva a través de las sociedades de gestión colectiva, ampliando los alcances de monetización de las obras a explotaciones antes imposibles, como los derechos de retransmisión por operadores de televisión restringida y los derechos de comunicación pública en establecimientos comerciales. La recaudación por derechos similares generados por este tipo de usos tiene décadas en el mundo de la música, pero sólo en los últimos años se activó fuertemente en Latinoamérica.”.
La legislación y los desafíos a los que se enfrentan los creativos y las personas o instituciones que los representan, revelan matices diferentes para cada región. Gabriel Salcedo, Director de asuntos legales de EGEDA para América Latina, lo define así: “La ‘venta de derechos de autor’ en productos audiovisuales puede tener, al menos, dos perspectivas. Primera, alguna forma de cesión de los derechos de quienes según la mayoría de nuestras legislaciones de LATAM consideran ‘autor’ de la obra audiovisual: guionista, director, dibujante de la obra animada, compositor en las obras de eminente carácter musical (con la excepción de Argentina, que también considera autor al productor). En la medida en que la autoría involucra aspectos personalísimos, la calidad de autor no está sujeta a comercialización, pero sí sus derivaciones económicas, excepto allí donde ciertos derechos de comunicación pública son considerados inalienables y en consecuencia sujetos a derechos de remuneración. Honestamente, sean o no inalienables según cada legislación, no tengo memoria de personas distintas a los propios autores reclamando derechos a las sociedades de gestión colectiva, incluyendo a los estudios de los Estados Unidos de Norteamérica, que han contratado a los autores en un contrato ‘por encargo’ (work for hire) y que, en consecuencia, son tales productores los titulares de los derechos económicos que correspondieren a los autores”.
En segunda instancia, Salcedo agrega “…la perspectiva de la obra audiovisual, que más allá de los múltiples autores es considerada mayormente en las legislaciones como una obra independiente y autónoma de las contribuciones de cada autor, y cuyos derechos de explotación (por cesión presunta o por asignación de derechos) son puestos por las legislaciones en titularidad de los productores sin ambigüedad. Podrán encontrar matices en las distintas legislaciones. Pero a mi entender, el comercio es el comercio y tiene reglas generalmente aceptadas en todos los territorios”.
Sin dudas, uno de los grandes retos que más se ha hecho evidente en los últimos años, radica en educar al público sobre el derecho que tienen los autores a obtener una remuneración por la explotación de su obra, especialmente en Latinoamérica, región en donde la mayoría de los usuarios dan por sentado que lo intangible debe ser gratuito; así lo afirma Hilda María Jiménez, Directora General EGEDA Ecuador, y añade que “…desde los gobiernos de turno y su política pública, ésta es una asignatura pendiente en la mayoría de los países latinoamericanos, este desafío es aún mayor. Adicionalmente en materia de comercialización y distribución de sus obras, los autores deben seguir encontrando mejores caminos para llegar con su oferta al público en general”.
Consultada sobre la situación particular de su región de alcance, Jiménez nos dice: “En el caso particular de Ecuador, este camino cada día es más limitado de encontrar, porque al no ser un mercado importante con muchas limitaciones tributarias y trabas burocráticas, las grandes plataformas como Netflix, Disney o HBO acogen pocas o ninguna obra ecuatoriana dentro de su oferta. No así en el caso de Colombia, Argentina o México, que además de tener una oferta de obras más amplia, tienen mejores condiciones económicas o jurídicas que atraen a estas plataformas. Finalmente, el mayor desafío para los autores siempre será el de reinventarse con sus obras para atraer un público cada día más exigente”.
La labor de EGEDA como institución de apoyo para lograr una justa recaudación por lo que hacen terceras personas con sus obras, es intensa y se encuentra cada vez mas difundido su trabajo de apoyo para la industria de producción audiovisual.
Vivian Alvarado, Gerente General EGEDA Colombia, nos da a conocer cuál es dicha labor: “Egeda es una sociedad de gestión al servicio de los productores audiovisuales, por lo tanto cumple una función fundamental en la comercialización y monetización de los derechos de los productores audiovisuales, quienes a través de esta entidad pueden lograr una remuneración en lugares en donde se hace un uso intensivo de obras audiovisuales, tales como hoteles, clínicas, y en general lugares abiertos al público, así como frente otro tipo de usuarios como los operadores de televisión por suscripción.
Otro de los principales focos de Egeda se encuentra en generar acciones concretas a través de actividades que beneficien al sector para el fomento de las obras originales, tales como apoyo a festivales de cine, organización de muestras audiovisuales que trascienden los circuitos comerciales, y encuentros de formación. En Colombia se destacan el impulso y el fortalecimiento de los Premios Macondo así como de la Academia Colombiana de Cine, lo cual se complementa con actividades iberoamericanas que sirven para dar apoyo al desarrollo del sector audiovisual como los Premios Platino Xcaret del Cine Iberoamericano, y Premios Platino Industria, que reúne a los profesionales como directores, actores, productores, músicos, técnicos, asociaciones, comisiones de filmaciones y prensa especializada.
Pueden afiliarse de forma gratuita a EGEDA todos los productores titulares de obras audiovisuales y/o que las hayan adquirido por compra o herencia, registrándose al sitio https://www.egeda.com/.